
Invertir para luego recibir una renta
¡Hoy venimos con una gran noticia!
Si tu intención es la de comprar en Gran Canaria para luego alquilar tu vivienda durante una larga temporada, quédate hasta el final.
Como sabrás, Gran Canaria es considerada la eterna primavera, y es por ello que, cada día más, nuestras tierras son las elegidas para venir de vacaciones, a tele-trabajar e incluso a vivir.
Ahora mismo y siempre, han habido inversores que compran propiedades y las alquilan en lugares como Maspalomas, Puerto Rico, San Agustín, Playa del Inglés o Las Canteras entre otros. Esta tendencia, ahora se va a intensificar y viene para quedarse, debido a las nuevas ventajas fiscales adheridas al alquiler de larga temporada.
Existen tres formas de alquilar tu vivienda en Canarias:
1.- Alquiler Vacacional: es un alquiler que se celebra por días o semanas y se rige por la normativa de la Actividad Turística y no por la Ley de Arrendamientos Urbanos.
2.- Contrato de Alquiler Temporal: este es un contrato entre 32 días y 11 meses, aunque en realidad podría ser más largo. El punto más relevante de este tipo de contratos es que no está destinado a la primera vivienda.
3.- Y por último tenemos el Contrato de Alquiler de larga temporada que es a partir de un año en adelante y destinado a la primera vivienda.
Los dos últimos están regidos por la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos) y los de Larga Temporada ahora mismo están recibiendo grandes beneficios.
Así es, este mismísimo 1 de febrero de 2022 se ha aprobado la Nueva Ley de Vivienda, que ha creado algo de controversia y en donde se han pactado muchas cosas. Entre otras, me gustaría destacar las bonificaciones por los alquileres de más de un año:
Si cuentas con menos de 10 propiedades a tu nombre, ¡estás de suerte! Aquí te cuento el por qué:
Recibirán...
1.- Un 50% de bonificación , todos los propietarios que alquilen sus viviendas.
2.- Un 70% de bonificación, si se trata de un primer alquiler a personas entre 18 y 35 años, o bien, si se trata de un nuevo contrato con mejoras.
3.- Un 90% de bonificación, si estos alquileres se producen en áreas con un incremento en la demanda de alquileres.
Eso quiere decir que podrías tener unas ventajas fiscales de casi el 100%. ¿Todavía te lo estás pensando?
¡Llámanos y pídenos más información, estaremos encantados de ayudarte!
Con el amor de siempre, Elena.

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